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¿Me conviene declararme en bancarrota o sigo pagando?

Llevo como ocho meses batallando. Debo cerca de 31,000 dólares entre tarjetas, un préstamo personal y cuentas médicas. Pago lo mínimo cada mes y la deuda no baja nada.

Trabajo limpiando casas y gano entre 2,200 y 2,600 al mes. La renta son 1,300. Tengo un hijo de 11 años.

Ya le di vueltas a todo. ¿Usted qué me recomienda que haga, me declaro en bancarrota o sigo pagando? Nomás dígame qué es lo mejor para mi caso y yo lo hago.

Camila

Gracias por escribir, Ernesto. Ocho meses cargando eso solo, y aun así buscando respuestas, eso no es poca cosa.

Mira, no puedo decirte qué hacer con tu caso específico. Eso sería consejo legal, y no soy abogada. Lo que sí puedo hacer es explicarte cómo funciona cada camino para que tú llegues a esa conversación con un profesional bien parado.

Pagar mínimos en deuda de tarjetas casi nunca baja el saldo porque los intereses se comen lo que pagas. La bancarrota, por otro lado, puede borrar deuda sin garantía como tarjetas, préstamos personales y cuentas médicas. El Capítulo 7 (Chapter 7) puede hacer eso en unos meses. El Capítulo 13 (Chapter 13) te pone en un plan de pagos de tres a cinco años. Para saber cuál aplica, hay un cálculo que se llama la prueba de medios (means test) que compara tu ingreso con el promedio de tu estado.

Lo que puede complicarlo: si tienes propiedad que no está protegida por las exenciones de tu estado, esa propiedad podría estar en riesgo en un Capítulo 7.

Esta semana busca una consulta gratis con un abogado de bancarrota. Muchos las ofrecen sin costo. Lleva tus números: lo que ganas, lo que debes, lo que pagas de renta.

¿En qué estado vives, Ernesto? Las exenciones y los límites del means test cambian bastante de un estado a otro.

No soy abogada. Esto es información general, no consejo legal para tu caso. Si te llegó algo de la corte con una fecha límite, busca ayuda legal antes de que se venza.

Dato legal relacionado: bajo el Código de Bancarrota de EE. UU. (11 U.S.C. § 727), la deuda de tarjetas de crédito, préstamos personales y cuentas médicas generalmente califica para el perdón de deudas (discharge) en un Capítulo 7, siempre que no haya fraude involucrado.